PLAN GENERAL DE EMERGENCIA Y EVACUACIÓN
El Presente Plan de Emergencia y Evacuación tiene por objetivo preparar a la Comunidad de un edificio ante la eventualidad de una emergencia, en particular producto de un incendio.
Por lo general, la elaboración de este tipo de documentos puede también contar con la asesoría de algún experto en seguridad, prevencionista de riesgos, o integrante del Cuerpo de Bomberos.
El siguiente Plan contempla la siguiente información:
- Identificar las Vías de Evacuación y Zonas de Seguridad de un edificio
- Establecer los Tipos y Modalidades de Evacuación
- Coordinar con Bomberos y otras entidades la labor durante un emergencia
- Establecer qué condiciones se deben dar para retornar al edificio
Cabe señalar que, de acuerdo a la Ley, el responsable de la confección de este Plan de Emergencia es el Comité de Administración y su aprobación debe ser ante una asamblea extraordinaria, citada especialmente para este efecto. (Título III, Artículo 36°, Ley 19.537).
Como lo establece la Ley, el Plan de Emergencia junto con los planos del edificio detallados según necesidad, serán actualizados anualmente por la Administración respectiva y copia del mismo, junto con los planos, serán entregados a la unidad de Carabineros y Bomberos más cercana, las que podrán hacer llegar al Comité de Administración, las observaciones que estimaren convenientes.
VÍAS DE EVACUACIÓN Y ZONAS DE SEGURIDAD
Zonas Verticales de Seguridad:
Corresponden fundamentalmente a las cajas de escaleras de tipo interior, con ventilación o presurización de aire, y acceso en cada piso. Estos espacios deben cumplir una serie de normas en cuanto a iluminación, señalización y ventilación, para ser consideradas como Zonas Verticales de Seguridad (ZVS). Esto según determina la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción y la Norma Chilena NCH 2111/99 “Prevención de Incendios en Edificios – Señalización”.
Por ejemplo, las puertas de acceso a las ZVS, deben ser resistentes al fuego (entre 30-60 minutos) e impedir la entrada de humo y gases; en muchos casos poseen brazos hidráulicos, cuya finalidad es facilitar el cierre hermético y automático de ellas.
Cabe destacar que las puertas de acceso a las cajas de escaleras, debieran abrir en el sentido de la evacuación, facilitando la salida de los ocupantes en caso de emergencia.
Zonas de Seguridad y Puntos de Reunión:
El Comité de Emergencias, con la asesoría de expertos, tendrá que determinar cuáles son las Zonas de Seguridad correspondientes al edificio. La primera de esas zonas, es el Punto de Reunión, que corresponde a una zona segura donde se agrupa la Comunidad, una vez que hayan salido de la caja de escaleras.
El Punto de Reunión de un edificio, por lo general, será en el primer piso, en el hall de acceso principal (recepción). También puede ser un subterráneo con rampa de salida al exterior. La Evacuación será siempre en dirección al Punto de Reunión.
Asimismo, cada edificio deberá definir una Zona de Seguridad Titular, donde los Líderes de Evacuación procederán a efectuar el recuento de las personas a su cargo. Esta Zona de Seguridad será utilizada en el caso de evacuaciones parciales o totales.
Además de lo anterior, el edificio tendrá que determinar una Zona de Seguridad Alternativa, que podrá utilizarse en el caso de evacuaciones totales. Resulta conveniente analizar y tener presentes algunas alternativas, en caso de que, producto de la emergencia, se presenten algunos desprendimientos de material que hagan riesgoso salir del edificio.
La evacuación se realizará de la siguiente manera: en cada piso del edificio, los ocupantes y usuarios se dirigirán a través de las áreas de tránsito y pasillos de distribución, hasta acceder a las escaleras de evacuación a través del acceso más cercano a su sector; por donde se desplazarán hasta el primer piso, tomados del pasamanos, para evitar accidentes por caídas.
El tránsito a través de las escaleras será en silencio y en orden. Una vez en el Punto de Reunión, avanzarán hacia el exterior por la salida peatonal del edificio para dirigirse progresivamente hacia la Zona de Seguridad Titular o Alternativa.
NOTAS:
- A fin de facilitar la evacuación y evitar riesgos, se recomienda que, durante la etapa crítica de la emergencia, no se permita la circulación de vehículos, desde o hacia los estacionamientos.
- Se requiere designar a alguien -puede ser personal de aseo o seguridad- para que permanezca en el hall de acceso del edificio, informando a los ocupantes cuándo evacuar y qué alternativas son las más seguras en ese momento. Idealmente este personal debe contar con un chaleco reflectante y con un altavoz, para dar las indicaciones necesarias. Lo anteriormente descrito puede ser aplicable en caso de incendio.
- En el caso de un sismo, también debe ocuparse el criterio de la Zona Exterior de Seguridad; sin embargo, el procedimiento de evacuación debe aplicarse solamente cuando el sismo haya generado una nueva emergencia, que necesariamente requiera la salida de las personas (derrumbes, emanaciones de gas, incendios, explosiones), y una vez que el movimiento telúrico haya terminado.
- Para la determinación de las Zonas de Seguridad debe tomarse en cuenta las condiciones adversas que pueden provocar las características del entorno, como el tránsito, el cruce de
- calles, caída de cables, ramas, vidrios, además de la presencia obstáculos físicos, e incluso de otras personas evacuadas de otros edificios.
TIPOS Y MODALIDADES DE EVACUACIÓN
Evacuación Parcial:
Se desarrollará cuando la emergencia sea detectada oportunamente y solo requiera la evacuación del piso afectado y, además, por seguridad, los pisos inmediatamente superior e inferior. Las personas se dirigirán hasta el Punto de Reunión o Zona de Seguridad, según sea el tipo de emergencia.
La Evacuación Parcial se produce generalmente ante un asalto, inundación local o un foco de fuego controlado inmediatamente.
Evacuación Total:
Se realizará cuando la situación de emergencia sea de gran envergadura: incendio declarado, llamas violentas hacia el exterior o interior del edificio, presencia de humo en áreas comunes y peligro inminente de propagación por shaft o aberturas propias del edificio, como la de los ascensores por ejemplo. También en casos que pongan en riesgo la seguridad de las personas, como escape de gas o amenaza de bomba.
En dicho caso se procederá a evacuar totalmente el edificio, siguiendo las instrucciones establecidas en este Plan de Emergencia (Orden de Evacuación).
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